Agenda de actividad institucional, personal de confianza y campañas publicitarias

En virtud del artículo 13.5 de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón las corporaciones locales aragonesas deberán publicar además:
a) Las agendas de actividad institucional de los miembros del Gobierno y de los altos cargos, que se mantendrán públicas, como mínimo, durante todo su mandato. En el caso en que no pueda hacerse pública la agenda con carácter previo, la publicidad se hará a posteriori, salvo que existan causas justificadas.
b) La relación del personal de confianza o asesoramiento especial en cada uno de los departamentos y en los organismos públicos o entidades públicas, especificando su identificación, datos biográficos profesionales, nombramiento, funciones asignadas, órgano o directivo al que presta sus servicios y retribuciones anuales, con indicación expresa de los diferentes conceptos retributivos. Además, se dará cuenta del coste global que representa este personal para cada entidad.
c) La información de las campañas de publicidad institucional que hayan promovido o contratado, con indicación del gasto público de las mismas, de los adjudicatarios y del plazo de ejecución. Asimismo, se publicará el detalle de cuáles son los medios de comunicación concretos a través de los que el adjudicatario lleva a cabo la campaña de publicidad, así como el gasto que corresponde a cada uno de ellos.

Puede consultarse la agenda institucional de los miembros de la Corporación con indicación de los actos ya realizados y previstos. PRÓXIMAMENTE DISPONIBLE

El Ayuntamiento de Jasa no cuenta con personal de confianza o asesoramiento especial que perciba retribución.

El Ayuntamiento de Jasa no realiza campañas de publicidad institucional.